LA NUEVA MEDIDA DEL GOBIERNO PARA DAR MÁS SEGURIDAD A QUIENES COMPRAN PROPIEDADES EN CONSTRUCCIÓN
Esta resolución tiene por objetivo proteger al usuario final, pero también es clave para ver cómo generar interés en los bancos para implementar las hipotecas divisibles.
23 de julio de 2025
17:24
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En un nuevo intento por ordenar y transparentar el mercado inmobiliario, el Registro de la Propiedad Inmueble (PIR) de la Ciudad de Buenos Aires (CABA) publicó la Disposición 10/25, que reglamenta el procedimiento para dar de alta un proyecto constructivo. Es decir, “el propietario que quiera someter un proyecto constructivo o un proyecto futuro al régimen del decreto tiene que venir al registro a darlo de alta”, aclara Bernardo Mihura de Estrada, director del Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) de la Capital Federal, dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación.
Esta norma surge a menos de una semana después de que el Gobierno reglamentase la implementación de las hipotecas divisibles, luego de ocho de que saliera el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 1017/2024, y constituye un paso fundamental para la implementación de las hipotecas divisibles, un esquema de créditos para la compra de propiedades en pozo.
Por lo que, la nueva reglamentación es necesaria para que un proyecto inmobiliario después pueda emitir boletos de compraventa que puedan registrarse. “Por eso es importante dar de alta primero el proyecto, para ver cuántas unidades son, qué características tiene y demás”, explica Mihura de Estrada.
Aunque esta medida no resuelve el problema del financiamiento, representa un avance en términos de seguridad jurídica y protección para quienes compran desarrollos en construcción. Tal como explica el presidente de la Cámara Empresaria de Desarrolladores Urbanos (CEDU), Damián Tabakman, hasta ahora los boletos de compraventa eran documentos privados que no se registraban. “A partir de ahora sí van a poder inscribirse, lo cual le da mayor protección al comprador y evita que, por ejemplo, se comercialice dos veces la misma unidad”, señala.
¿QUÉ CAMBIA CON ESTA MEDIDA?
De acuerdo a lo proporcionado por el Colegio de Escribanos porteño, los cinco puntos clave de la normativa son los siguientes:
– **Escritura de afectación obligatoria:** antes de registrar un boleto de compraventa, el titular del inmueble debe inscribir una escritura pública de afectación al régimen de propiedad horizontal u otro régimen de subdivisión.
– **Registro de boletos:** los boletos podrán registrarse en el Registro de la Propiedad Inmueble o en entidades privadas autorizadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV), según lo decidan las partes.
– **Duración:** la inscripción del proyecto tendrá una duración de 10 años, con posibilidad de renovación.
– **Caducidad:** la afectación caduca por vencimiento, por solicitud de las partes, por orden judicial o cuando se hayan transmitido todas las unidades.
– **Seguridad jurídica:** la medida formaliza y hace trazable el proceso de compra, protegiendo al comprador y facilitando el acceso a créditos personales con respaldo registral (aunque no hipotecarios, por ahora).
Por su parte, Sonia Lukasewicz, asesora jurídico-notarial del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires (CECBA), explica cómo funcionará en la práctica el sistema:
– El desarrollador obtiene el plano aprobado por el Gobierno de la Ciudad.
– Con ese plano, hace una escritura de afectación ante escribano público.
– Esa escritura se inscribe en el Registro de la Propiedad Inmueble.
– A partir de entonces, los boletos de compraventa y sus cesiones pueden registrarse oficialmente.
“Esto evitaría que se comercialicen dos veces la misma unidad o que la gente desconozca las características de lo que está comprando, porque ahora se va a poder ver un plano registrado de lo que se va a comprar“, aclara la escribana.
Es importante aclarar que este proceso no reemplaza la escritura traslativa de dominio, que seguirá siendo necesaria una vez terminada la obra y afectada a propiedad horizontal. Sin embargo, le otorga al comprador un respaldo registral de su boleto: “Podés cederlo, podés pedir un crédito personal porque está registrado, y sobre todo evitás que vendan una unidad que no existe en plano”, dice Lukasewicz.
La disposición llega apenas unos días después de que el Gobierno reglamentara el DNU 1017/2024, habilitando la figura de las hipotecas divisibles, es decir, créditos bancarios que pueden otorgarse sobre unidades en pozo, incluso antes de que el inmueble esté subdividido.
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Aunque la inscripción es optativa, se espera que los compradores comiencen a exigirla como condición mínima para adquirir una unidad en pozo. “Lo vamos a recomendar para que los desarrollos tengan más credibilidad”, agrega Tabakman.
Esta medida llega en un momento en el que los créditos hipotecarios están alcanzando “un techo”, de acuerdo a varios analistas del mercado, ya que con la falta de fondeo de los bancos es muy difícil que continúen entregando en la medida esperada.
Un ejemplo claro de esto se puede observar en la cantidad de escrituras con hipoteca que se registraron en junio de 2025. De acuerdo a los datos proporcionados por el Colegio de Escribanos porteño, en la Ciudad se concretaron 1216 escrituras con hipoteca, lo que representa una caída del 6,46 % en relación al mes pasado.
Fuente: Candela Contreras
Link Original: https://www.lanacion.com.ar/propiedades/inversiones/la-nueva-medida-del-gobierno-para-dar-mas-seguridad-a-quienes-compran-propiedades-en-construccion-nid23072025/